CRITERIO DE ELEGIBILIDAD

 

CRITERIO DE ELEGIBILIDAD

 


A continuación se ofrece un ejemplo de las políticas y procedimientos estándar actuales utilizados por el operador de registro / zona para evaluar nuevas aplicaciones para los nombres de dominio .edu.eu. Sin embargo, esto no garantiza que una aplicación sea aprobada o rechazada, y debe usarse solo como guía. En la medida de cualquier incoherencia entre esta guía y las políticas publicadas .edu.eu, las políticas publicadas .edu.eu tienen prioridad. Si no está seguro de cómo aplicar las políticas publicadas a las circunstancias de su organización, no dude en ponerse en contacto con nuestro equipo de asistencia para obtener ayuda.


1 - .EDU.EU NOMBRE DE DOMINIO ELEGIBILIDAD Y ASIGNACIÓN

 


1.1: Para obtener un dominio de segundo nivel .EDU.EU (2LD), el solicitante debe:
a) ser una entidad que opera en la comunidad europea (Unión Europea, Islandia, Liechtenstein o Noruega)
b) cumplir con los criterios de elegibilidad que figuran en el Anexo 1 de la política de registro; y
c) cumplir con los criterios de asignación de nombre de dominio que figuran en el Anexo 2 de la política de registro para el nombre de dominio para el que han aplicado.

 


PROGRAMA 1 - .EDU.EU ELEGIBILIDAD DE DOMINIO


Este Programa detalla los tipos de entidades que pueden considerarse elegibles como registrantes en el espacio de dominio .EDU.EU, junto con los criterios que ayudarán al Registrador / operador de zona a determinar si son entidades europeas reconocidas de educación y formación.

1.1 - Las entidades elegibles se dividen en dos categorías:
a) entidades para las cuales existe una autoridad apropiada de acreditación / registro del gobierno; consulte la Tabla 1 de este cronograma para los criterios de elegibilidad y
b) entidades para las cuales no existe una autoridad apropiada de acreditación / registro del gobierno; consulte la Tabla 2 de este cronograma para conocer los criterios de elegibilidad.

1.2 - En este horario:
a) Si un solicitante es elegible bajo la Categoría 1.1 (a), debe aplicar bajo la subcategoría correspondiente en el Cuadro 1 de este cronograma. de lo contrario, un solicitante debe presentar su solicitud de acuerdo con la subcategoría correspondiente de la Tabla 2 de este cronograma.
b) Para las aplicaciones realizadas bajo la Categoría 1.1 (b), el Registrador / operador de zona puede:
i. Solicitar al solicitante que presente pruebas de que encaja dentro de la subcategoría designada en el cuadro 1 y
ii. Si la evidencia provista no satisface al Registrador / operador de zona de que el solicitante se ajusta dentro de la subcategoría designada, solicite al solicitante que vuelva a presentar la solicitud bajo otra subcategoría de la Tabla 2.
c) Un individuo que se inscriba bajo la Categoría 1.1 (b) solo puede solicitarlo en las subcategorías "proveedor de capacitación no acreditado" y "entidades que no estén incluidas en la lista".
d) Un individuo que solicita bajo la Categoría 1.1 (b) debe proporcionar al Registrador:
i. una licencia con un organismo regulador
ii. Un nombre comercial registrado;
iii. Un registro de marca europeo o nacional; o
iv. Evidencia equivalente de operar una empresa en Europa.

1.3 - Los requisitos de garantía estándar a los que se hace referencia en la Tabla 1 y la Tabla 2 de este cronograma se detallan en la Tabla 3 de este cronograma.
i. Las garantías estándar deben presentarse en la forma provista por el Registrador.
ii. El registrador / operador de zona puede verificar por fuentes independientes para confirmar que la función principal del solicitante es la provisión de educación o capacitación, investigación y / o servicios relacionados con educación y capacitación.

1.4 Una asociación no puede tener un registro de nombre de dominio.
Un solicitante que es miembro de una asociación puede solicitar el registro de nombre de dominio en nombre de una sociedad.

1.5 Las entidades que brindan servicios generales (por ejemplo, venta de libros, suministros, servicios de software, servicios de referencia para estudiantes, etc.) al sector europeo de educación y capacitación no se consideran entidades elegibles. Sin embargo, el registrador / operador de zona se reserva el derecho de eximir a algunas entidades bajo el programa de soporte de dominio. Dichas entidades deben ponerse en contacto con el registrador / operador de zona si se puede aceptar su solicitud.
 

 

Tabla 1 - Entidades de educación y formación acreditadas / registradas por el gobierno

Tipo de entidad

Criterio de elegibilidad

Escuela o preescolar

Escuelas gubernamentales y no gubernamentales.

Una escuela o preescolar debe estar registrada o reconocida de otro modo por el correspondiente Departamento de Educación del Estado / Territorio o nacional, o por una autoridad de registro estatal / territorial o nacional.

En los casos en que una escuela o preescolar está en proceso de establecerse y no tiene acreditación / registro formal, es elegible para obtener un nombre de dominio si proporciona una garantía (en la forma provista por el Registrador / operador de zona) ese:

la escuela o preescolar está en proceso de ser establecida y
que no tiene ninguna razón para creer que la escuela no logrará la acreditación / registro requerido.

Organización de entrenamiento

Las entidades deben estar registradas como una Organización de capacitación registrada con la autoridad de registro correspondiente.

Institución de educación superior

Las instituciones de educación superior deben ser:

establecido bajo una ley nacional o europea
aprobado para proporcionar educación superior por la Agencia de Acreditación pertinente.

Servicios de educación y cuidado (cuidado de niños)

Los servicios de educación y cuidado (cuidado infantil) deben ser aprobados por la autoridad pertinente.

Cuerpos que atienden a estudiantes extranjeros

Las entidades que prestan servicios de educación y formación a estudiantes extranjeros en la comunidad europea deben estar registradas ante la autoridad competente.





Tabla 2: Otras entidades de educación y capacitación no acreditadas / registradas por el gobierno

Tipo de entidad

Criterio de elegibilidad

Organismos gubernamentales, organizaciones industriales / cuerpos máximos

Organización de investigación (por ejemplo, Centro de investigación cooperativa)

Asociaciones y organizaciones de padres y profesionales (por ejemplo, de padres, maestros u otros profesionales de la educación)

Entidades que imparten capacitación no acreditada

Entidades no enumeradas de otra manera
 

Los solicitantes deben:

cumplir con los requisitos de garantía estándar del solicitante como se indica en la Tabla 3.

 

 

Tabla 3: Requisitos de garantía estándar para entidades no acreditadas / registradas por el gobierno

Garantía por

Garantía estándar requerida

 

Garantía estándar requerida

Solicitantes individuales:

Garantía escrita del solicitante de que el solicitante opera un negocio con la función principal de proporcionar en la comunidad europea:

educación;
formación;
investigación de educación y formación y / o
servicios relacionados con educación y capacitación.


Solicitudes hechas en nombre de una sociedad Garantía escrita del solicitante de que el solicitante está solicitando en nombre de una sociedad, de la que el solicitante es miembro, que tiene la función principal de proporcionar en la comunidad europea:

educación;
formación;
investigación en educación y capacitación; y / o
servicios relacionados con la educación y la formación en la comunidad europea. Otros solicitantes Garantía escrita del solicitante de que su función principal es la provisión en la comunidad europea de:
educación;
formación;
investigación en educación y capacitación; y / o
servicios relacionados con educación y capacitación.